NORMATIVA PARQUE COSTANERA PUERTO MONTT
SOBRE EL ENTORNO
- Los árboles y flores los cuidamos entre todos y todas. No los dañemos.
- Los juegos infantiles tienen límites de edad. Colaboremos para no dañarlos.
- Se trabaja diariamente para contar con el parque en excelentes condiciones. Respetemos las zonas en mantención.
- Las zonas peatonales son de preferencia para personas que circulan a pie, por lo que si vas a pasar con tu bicicleta que sea a muy baja velocidad y cuidando de no importunar a los peatones.
- Ponemos baños a tu disposición. Cuidemos su limpieza.
SOBRE LA BASURA
Prohibido botar la basura al mar y a las áreas del parque. Reduzca lo más posible sus residuos y coloque la basura en los contenedores disponibles. De no contar con uno cercano, guárdelos y bótelos donde corresponda.
SOBRE FUMAR
No está permitido fumar en sectores de juegos infantiles, áreas de deporte, recreación y áreas verdes. Promovemos una vida sana.
SOBRE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
No se permite el consumo de alcohol.
USO RESPONSABLE
Cuida y respeta de ti mismo y a los que te rodean. No incurras en situaciones riesgosas.
SOBRE LAS MASCOTAS
Aunque muchas veces son nuestros mejores amigos, hay personas que le temen a los animales, por lo que:
- Las mascotas deben ser llevadas siempre con correa.
- El dueño es el responsable de recoger y botar de manera apropiada todos los desechos que generen las mascotas. Ocupa los dispensadores del parque.
- El dueño es responsable por eventuales daños a las plantas o a la infraestructura del parque, por lo que deberá responder por el gasto que esto pudiese generar.
- Las mascotas de conducta o raza agresiva deben siempre usar bozal.
SOBRE USO DEL ASIENTO DEL BORDE DEL PARQUE
El asiento lineal que recorre todo el parque es para usarlo de asiento, por lo que se recomienda tener el cuidado de no traspasar este elemento para evitar posibles accidentes.
SOBRE EL USO DE MÚSICA
Algunas personas prefieren escuchar al mar y la naturaleza, por lo que si vas a escuchar música que sea a un volumen moderado y siempre que ninguna persona se oponga.
SOBRE DROGAS
Se prohíbe el consumo, porte o tenencia de drogas (Ley 20.000)
SOBRE EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE
Las manifestaciones o actividades que se realicen deberán considerar criterios ambientales de sustentabilidad y de gestión de residuos, reduciendo lo más posible el impacto ambiental y la huella de carbono. No se permitirán manifestaciones que emitan elementos no biodegradables, como globos u otros elementos que ensucien el entorno y el medio ambiente.
Si requieres realizar una actividad en Parque Costanera es importante que leas el documento de normativa.
ÍNDICE
A) NORMATIVA USO GENERAL
I.- SOBRE EL ENTORNO
II.- SOBRE LA BASURA
III.- SOBRE FUMAR
IV.- SOBRE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
V.- USO RESPONSABLE
VI.- SOBRE LAS MASCOTAS
VII.- SOBRE USO DEL ASIENTO BORDE DEL PARQUE
VIII.- SOBRE USO DE MÚSICA
IX.- SOBRE DROGAS
X.- SOBRE EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE
B) USO DE INFRASTRUCTURA
I.- SOBRE EL USO DE LA INFRAESTRUCTURA ESPECIFICA Y EVENTOS ESPECIALES
II.- SOBRE ACTIVIDADES DE EMPRENDIMIENTO
III.- NORMAS SOBRE FERIAS
IV.- SOBRE ACTIVIDADES MASIVAS O DE TIEMPO EXTENDIDO
V.- EMPRENDIMIENTOS DEL ÁREA GASTRONÓMICA ITINERANTE (FOODTRUCKS)
C) INFRASTRUCTURA
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REGLAMENTO PARQUE COSTANERA PM